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Tipos de Traducciones

Son las traducciones efectuadas por un profesional técnico o traductor, las cuales usualmente se entregan como un documento Word (electrónico y/o impreso) y que no lleva ningún sello/nombre/declaración/identificador de la persona que realizó la traducción. Estos documentos pueden ser entregados junto con un Formato de Validación (propio de Tradupharma o del cliente) en donde se indican las personas que efectuaron tanto la traducción como la corrección de los textos.

Este tipo de traducciones usualmente se emplean para Brochures del investigador, Insertos, CoAs, SUSARs, Memorias Descriptivas, Fichas técnicas, Manuales, Métodos analíticos, Artículos científicos, Informes, Resoluciones, Notificaciones, Expedientes, Comunicaciones en general, etc.

Tienen una velocidad de procesamiento bastante elevada (usualmente se aplica a documentos extensos) y pueden efectuarse en todos los idiomas sin ninguna restricción. Asimismo, este tipo de traducciones pueden gestionarse enteramente de forma virtual y tienen el costo más económico en relación a los otros tipos de traducciones.

Todas nuestras traducciones simples son siempre entregadas diagramadas de tal forma que tengan un aspecto y compaginación similar al documento original, de modo que no haya problemas al citar páginas o en la comprensión de la estructura esquemática.

Estas se encuentran normadas por el Colegio de Traductores del Perú (CTP) y sólo pueden ser efectuadas por un “Traductor Colegiado Certificado” que se encuentre habilitado al momento de realizar la traducción. Estas traducciones usualmente se entregan como documentos escaneados (*.pdf) y, además, como documentos físicos. Se caracterizan por realizarse en un formato reglamentado que incluye: (i) una página de carátula con un formato propio del CTP, (ii) sello del CTP, (iii) sello y firma del traductor responsable indicando su nombre y número de colegiatura y (iv) declaración del traductor indicando que la traducción es “una versión fiel y correcta” junto con la fecha y lugar de realización de dicha traducción. Ver el “Manual de Procedimientos de la Traducción Certificada” del Colegio de Traductores del Perú.

Por cuestiones de Control de Calidad, esta traducción también puede ser acompañada con un Formato de Validación en donde se indican las personas que efectuaron la traducción y la corrección de los textos.

Este tipo de traducciones usualmente se emplean para BPMs, CoAs, Certificados de Análisis, Certificados ISO, Certificados de Aseguramiento de la Calidad, Capítulos de ISO o de Normas en General, Métodos analíticos, Resoluciones, Notificaciones, Expedientes, Declaraciones, etc.

Tienen una velocidad de procesamiento alta y su presentación ante las autoridades administrativas peruanas es usualmente como una copia simple (confirmar con vuestras bases específicas). Asimismo, este tipo de traducciones se pueden gestionar en una primera fase de forma virtual (para acelerar vuestros procesos) y luego en físico (entrega y verificación de originales). Este tipo de traducciones se aplican para casi todos los idiomas.

Son las traducciones efectuadas por un “Traductor Público Juramentado” (TPJ), las cuales usualmente se entregan como documentos escaneados (*.pdf) y, además, en formato físico. Estas traducciones se caracterizan por realizarse en un formato reglamentado que incluye: (i) sello indicando “TRADUCCIÓN SIMPLE SIN VALOR OFICIAL”, (ii) sello indicando “TRADUCCIÓN SIN LEGALIZACIONES OFICIALES” y (iii) sello y firma del traductor responsable indicando su número de registro. Artículo 25° del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE

Por cuestiones de Control de Calidad también pueden estar acompañadas por un Formato de Validación (propio de Tradupharma o del cliente) en donde se indican las personas que efectuaron la traducción y la corrección de los textos.

Este tipo de traducciones tiene el mismo costo y plazo de entrega que las traducciones oficiales (ya que son efectuadas por el mismo profesional TPJ), por lo que se están dejando en desuso en favor de las traducciones certificadas, las cuales son más económicas y rápidas, y porque la ley (Decreto supremo 080-2014-EF) las equipara:

Artículo 62.- Presentación de documentos
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público jaramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

Son las traducciones efectuadas por un “Traductor Público Juramentado”, las cuales usualmente se entregan como documentos escaneados (*.pdf) y además en formato físico. Se caracterizan por realizarse en un formato reglamentado que incluye: (i) sello en relieve del traductor, (ii) cintas y precintos de seguridad, (iii) sello y firma del traductor responsable, en cada página, indicando su número de registro, y (iv) declaración del traductor indicando que la traducción es “una versión fiel y correcta” y la fecha y lugar de realización de dicha traducción.

Estas traducciones sólo pueden ser efectuadas sobre documentos originales en físico que se encuentren apostillados y/o que cuenten con las legalizaciones pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores. En este sentido, el Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE indica:

Este tipo de traducción tiene el precio más alto, ya que además de los costos propios de la traducción, requiere de gastos adicionales relacionados a legalizaciones, formatos, transporte y gestión. El plazo de entrega también es un poco mayor, ya que se requiere de la realización de trámites y el transporte de los originales (servicios de delivery).

Artículo 24°.- Cuando se trate de documentos públicos emitidos en el exterior, para surtir efectos jurídicos en el Perú o en el exterior, los Traductores Públicos Juramentados deberán exigir, bajo responsabilidad, que dichos documentos estén debidamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.